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Ayudas para la promoción de la innovación en la gestión empresarial (LINEA IGE)

Beneficiarios

Tendrán la consideración de beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes bases reguladoras las empresas y entidades públicas, semipúblicas y privadas que presten servicios a las empresas, así como las agrupaciones empresariales; situadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Excluidos:

División 47 Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Quedan excluidos los grupos 47.3 (Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados), 47.8 (Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos) y 47.9 (Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos).

División 95 Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico.

Clase 13.30 Acabados de textiles

Actuaciones subvencionables y beneficios

1.-Asesoramiento externo para implantación de sistemas de gestión.

a) Sistemas de normalización implantables en cualquier sector económico (ISO 9001, ISO 14001, OSHAS 18001, ISO 166002,...)

b) Sistemas de normalización especialmente desarrollados para sectores específicos (IFS, BRC, ISO 22000, ISO 17025,..)

c) Modelo EFQM (Ader Excelencia Empresarial)

d) Proyectos de implantación de normas certificables de carácter voluntario

Beneficios:

  • ISO 14001, EMAS u OSHAS 18001: Subvención fija 5.500 euros proyectos individuales, 6.000 euros proyectos colectivos.
  • ISO 9001: Subvención fija 1.200 euros proyectos individuales, 1.500 euros proyectos colectivos. (solo para PYME y cuando acompañe a ISO 14001 u OSHAS 18001 (sistemas integrados)
    Si la intensidad resultante supera el 50%, la inversión subvencionable disminuirá hasta ajustar intensidad y subvención a los límites establecidos.
  • UNE 166002 (gestión de I+D+i): Subvención 50%
  • Responsabilidad Social: Subvención 50%
  • Gestión del ecodiseño UNE 1503001. Subvención 35 %
  • BRC, IFS, ISO 22000, EUREGAP: Subvención 35% proyectos individuales, 40% proyectos colectivos
  • ISO/ IEC 17025:Subvención 35%
  • Ader Excelencia Empresarial, incluidas actividades complementarias, por ej. Presentación a premios: Subvención fija 60% proyectos individuales, 70% proyectos colectivos. Límite de inversión máxima: 12.000 € por programa.
  • Modelo EFQM: Subvención 50% pymes, 40% gran empresa. Máx subv. 50.000 euros
  • Normas certificables de carácter voluntario: Subvención fija 35% proyectos individuales, 40% proyectos colectivos

Las ayudas que superen el 50 % y las ayudas a grandes empresas están sujetas a mínimis.

2. Asesoramiento externo para la realización de estudios e implantación de herramientas, dirigidas a conseguir la mejora en la gestión empresarial.

a) Realización de prospecciones de mercado, auditorias sociolaborales, estudios de diagnosis o mejora en las diferentes áreas de la empresa, a excepción de los estudios de mercado ligados a la actividad exportadora e implantación de sus resultados.
b) Implantación de herramientas innovadoras de gestión no certificables (5S, 6sigma, círculos de calidad,..)

Beneficios:

  • Diagnóstico de RRHH que consista en la realización de auditorías organizacionales: hasta el 50% con límite de inversión máxima subvencionable de 6.000€.
  • Resto de actuaciones: subvención 35% proyectos individuales y 40% proyectos colectivos. Límite de inversión máx subvencionable de 50.000€ para actuaciones del apartado a) y 20.000€ para actuaciones del apartado b).

Las ayudas a grandes empresas están sujetas a mínimis.

3. Inversiones en activos ligados a la infraestructura de calidad.

a) Dotación de equipos y sus instalaciones, a fin de cubrir las necesidades de control de calidad, homologación o certificación de materias primas, productos en curso y terminados en las empresas
b) Dotación de equipos y sus instalaciones, de empresas cuya actividad sea la realización de ensayos y análisis técnicos, exceptuándose la adquisición o construcción de locales inmuebles
c) Hardware y software necesarios para la adecuada implantación de los sistemas, diagnósticos y herramientas de gestión detallados en las actuaciones 1 y 2

Beneficios:

  • Dotación de equipos, hardware y software: Pequeña empresa 20%; Mediana empresa 10% pudiéndose incrementar al 20% a mínimis; Gran empresa 10%.
  • Instalaciones ligadas a la infraestructura de calidad: 10%, con límite de subvención máxima para instalaciones ligadas a la calidad: 50.000 euros

Las ayudas a grandes empresas están sujetas a mínimis.

4. Contratación de técnicos para la implantación de sistemas de gestión.

a) Contratación, durante dos años, por parte de las empresas, de titulados universitarios para la implantación de los sistemas de gestión detallados en la actuación 1

El número máx. de contrataciones subvencionables por esta línea es: uno para pequeña empresa, dos para mediana y tres para gran empresa.

Beneficios:

  • 50% a mínimis, con un máximo de 36.000€ de inversión/año por técnico.

Otras condiciones

Inversión mínima: 3.000 euros, excepto proyectos de ADER Excelencia Empresarial

La subvención máxima asignada a cada beneficiario por proyecto presentado no excederá de 100.000 euros.

Proyecto colectivo: mínimo de cinco beneficiarios

La contratación de técnicos universitarios deberá realizarse en el grupo de cotización de la Seguridad Social 1 ó 2 y su salario base correspondiente según convenio, especificando en el contrato el destino laboral como técnico/responsable de sistemas de gestión.

Se incrementará la intensidad de la ayuda en el caso de que la empresa demuestre su compromiso  en relación a su responsabilidad social corporativa.

La solicitud podrá presentarse telemáticamente

Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000€ en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000€ en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.

Los JUSTIFICANTES DE PAGO DE LA TOTALIDAD DE LA INVERSIÓN deberán ser anteriores a la finalización del plazo de justificación determinado en la correspondiente resolución de concesión.

Se admitirán como medios efectivos de pago los señalados en la práctica comercial y admitidos por el Banco de España.

La totalidad de los pagos se justificarán a través de entidades financieras

En el caso de pagos diferidos que venzan con posterioridad a esa fecha, sólo se admitirán como subvencionables, aquellos realizados con los siguientes medios (siempre y cuando los documentos que a continuación se relacionan se formalicen dentro del periodo anteriormente mencionado):

a. Cheque personal justificando su descuento en extracto bancario.

b. Cheque bancario. (Deberá adjuntarse acuse de recibo del mismo por parte del proveedor admitiéndolo como forma de pago)

c. Pagaré. (Deberá adjuntarse acuse de recibo del mismo por parte del proveedor

d. Letra de cambio aceptada

e. Leasing Contrato de arrendamiento financiero

f. Carta de crédito irrevocable confirmado o crédito documentario irrevocable

Plazo

Sólo podrán subvencionarse inversiones iniciadas y gastos efectuados con posterioridad a la presentación de la correspondiente solicitud, salvo los correspondientes a la contratación de técnicos para la implantación de sistemas de gestión que serán subvencionables a partir del 1 de mayo de 2010.

Plazo de presentación de solicitudes finaliza el 29 de octubre de 2010.

Esta información tiene mero carácter informativo, conforme a la legislación actualmente vigente.

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