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Promoción de emplazamientos empresariales de ámbito local (PEL)

Beneficiarios

a) Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja con población inferior a 5.000 habitantes para las actuaciones previstas en las letras a), b) y c) de las actuaciones subvencionables.

b) Las entidades privadas para aquellas actuaciones previstas en la letra c) de las actuaciones subvencionables, siempre y cuando las actuaciones  urbanísticas se desarrollen mediante un sistema de actuación público privado y se garantice que el precio final de venta de las parcelas no excederá en más del 20 % del coste máximo de las actuaciones públicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

c) Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sociedades de promoción de suelo industrial públicas o privadas, consorcios urbanísticos y mancomunidades para las actuaciones previstas en la letra d) de las actuaciones subvencionables, siempre que se presente proyecto de técnico competente que acredite que la rehabilitación objeto de actuación dotará al área industrial de todos los servicios básicos y mejorará las instalaciones de tal manera que redundará en un mejor posicionamiento económico de las empresas allí instaladas.

Actuaciones subvencionables

a) La elaboración de estudios dirigidos a contrastar la viabilidad técnico-económica de la actuación.

b) La redacción  de los instrumentos de planeamiento, gestión urbanística y proyecto de urbanización del polígono industrial, una vez aprobado definitivamente por el órgano competente así como el coste de adquisición de los terrenos.

El inicio efectivo de las obras de urbanización deberá realizarse en un plazo máximo de 3 años a contar desde la notificación de la resolución de concesión de beneficios.

c) El coste de las obras de urbanización así como la dirección de obra.

d) La elaboración de estudios previos de las necesidades de las áreas industriales ya existentes que sean deficitarias en cuanto a servicios así como su posterior acondicionamiento y rehabilitación.

Beneficios

a) 75% para las actuaciones previstas en la letra a) de de las actuaciones subvencionables, con el límite de 6.000,00 €.

b) Hasta el 20% para las actuaciones previstas en las letras b), c) y las obras de acondicionamiento y rehabilitación de la letra d) de las actuaciones subvencionables.

c) Hasta el 50% para la elaboración de estudios previos previstos en la letra d) de de las actuaciones subvencionables.

Otras condiciones

Los terrenos sobre los que se pretenda actuar deberán estar clasificados como suelo urbano o urbanizable para usos industriales, cuando se trate de acciones incluidas en las letras b), c) y d) de las actuaciones subvencionables.

La superficie a ordenar inicialmente deberá ser adecuada a las necesidades y demandas reales de la localidad computándose con carácter general a efectos de determinar los incentivos una dimensión máxima de 80.000 metros cuadrados de superficie neta resultante de parcelas.

El plazo máximo y único para la realización y justificación de la subvención será de 3 años, a contar desde la notificación de la resolución de concesión de beneficios

Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000€ en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000€ en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.

La solicitud podrá presentarse telemáticamente.

La totalidad de los pagos se justificarán a través de entidades financieras y los justificantes de pago de la totalidad de la inversión deberán ser anteriores a la finalización del plazo de justificación determinado en la correspondiente resolución de concesión.

Esta información tiene mero carácter informativo, conforme a la legislación actualmente vigente.

Plazo

Podrán subvencionarse actuaciones o inversiones realizadas a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de octubre de 2010, incluido.

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Normativa

Impresos

Acceso telemático

 

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