Programa de apoyo a la innovación de pymes-innoempresa

Beneficiarios

Pymes de los sectores industriales (incluidas las agroalimentarias), construcción, turismo, comercio y servicios que tengan un centro de trabajo, con al menos 1 empleado; en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Organismos Intermedios que realicen actividades de apoyo a Pymes de esos sectores (a excepción de la línea CAT)

Actuaciones subvencionables

- REA: Adopción de nuevos modelos empresariales innovadores (Actuación 1) 

Apoyo en la adopción de nuevos modelos empresariales basados en la implantación de herramientas/soluciones software de gestión avanzada: organización de la producción (ERP), modelos de marketing y comercialización ( sistemas CRM), gestión medioambiental, eficiencia energética, logística y distribución ( gastión de cadena de suministro, gestión logística, almacenes), recursos humanos e integración de los sistemas de gestión empresarial. 
Las herramientas deberán ser parametrizables y deberán estar desarrolladas y comercializadas.  
La inversión máxima  subvencionable será de 50.000,00€.  

- RES: Diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos (Actuación 2)  

Realización de un Plan estratégico que describa un proceso de análisis y reflexión mediante el establecimiento de un Marco de Referencia, el Análisis de las capacidades competitivas de la empresa y su entorno comercial, que posteriormente realice un Diagnóstico que permita la elaboración de un conjunto de políticas estratégicas valoradas y priorizadas por la Empresa.  
Los hitos de la elaboración del plan estratégico deben de dar respuesta a, por lo menos, los siguientes conceptos:  

  • Marco de Referencia
  • Análisis
  • Diagnóstico
  • Calendario de implantación
  • Elaboración de estrategias competitivas valoradas y priorizadas
  • Calendario de revisión  

La inversión máxima  subvencionable será de 24.000,00€.
Las empresas no habrán solicitado ayudas para este concepto en tres años.

- CAP: Planes de mejora tecnológica (Actuación 4)

Realización de planes de mejora tecnológica, mediante el asesoramiento a empresas a través de la utilización de Centros Tecnológicos, de otros centros de investigación y de consultoras especializadas, para la implantación de soluciones específicas que deberán analizar con rigor y profundidad todos o alguno de los siguientes apartados:

  • Análisis de la cartera de productos
  • Análisis de los procesos productivos
  • Análisis de organización y gestión  

En todo caso, tras el análisis realizado, deberán aportar los siguientes contenidos: plan de acción priorizado y planificado y propuesta de recursos financieros para abordar el proceso.  

La inversión máxima  subvencionable será de 24.000,00€.   

- CAT: Proyectos de desarrollo tecnológico aplicado (Actuación 5)  

Proyectos cuyo objetivo es la creación o mejora desde el punto de vista tecnológico de procesos productivos y/o  productos concretos, mediante la aplicación de desarrollos tecnológicos de carácter innovador. Estos proyectos podrán abarcar la creación del nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción y la elaboración de prototipos (no comercializables) previos al inicio de la explotación industrial y comercial, así como, en su caso, a la financiación de los costes de derecho de propiedad industrial que pudiera derivarse. Estos proyectos tienen que tener un carácter aplicado y son desarrollados por Pyme y tienen que implicar la creación o mejora sustantiva de un proceso productivo y/o producto.  

Las Pyme de escasa dimensión (menos de 10 empleos) o que no acredite personal técnico, deberá contratar con entidades especializadas (Centros Tecnológicos, Centros de Investigación o con Grupos de investigación de una Universidad) las actividades fundamentales para el desarrollo de su proyecto y aportar el contrato de las citadas colaboraciones.  

La subvención máxima a conceder en concepto de inversiones materiales o inmateriales no sobrepasará 18.000,00€, en el caso de Pymes y 55.000,00€ en el caso de organismos intermedios.    

- CAC: Apoyo a la implantación, certificación tecnológica y certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001 –Proyectos de I+D+i y UNE 166.002 – Sistemas de Gestión de la I+D+i (Actuación 6)  

Los proyectos deberán tener como objetivo la implantación y certificación de las PYME en las normas UNE 166.001 (Proyectos de I+D+i) o UNE 166.002 (Sistemas de Gestión de la I+D+i).  

La inversión máxima  subvencionable será de 16.000,00€.    

- COG: Proyectos de innovación presentados por pymes vinculadas por la cadena de valor de un producto (Actuación 8)  

Se considerarán aquellos proyectos de innovación desarrollados colaborativamente entre diversas pymes independientes, que forman parte de la cadena de valor de uno o varios productos, así como, en su caso, a la financiación de los costes de derecho de propiedad industrial que pudiera derivarse. Los proyectos deberán tratar de resolver de forma lo mas integral posible la gestión logística, medioambiental o energética, de las pymes participantes. Preferentemente, con soluciones de mercado y cuando no existan o se justifique por la naturaleza del proyecto, con desarrollos a medida. 

  • Será requisito que las pymes participantes estén vinculadas por la cadena de valor y no por lazos societarios.
  • Las pymes participantes en este tipo de proyectos colaborativos tienen que tener sus relaciones formalizadas documentalmente mediante un contrato, convenio o acuerdo en el que se establezcan los derechos y obligaciones de los distintos sujetos participantes.
  • Los participantes en un proyecto en colaboración no podrán actuar simultáneamente como colaboradores externos en el mismo proyecto.
  • La inversión mínima subvencionable será de 30.000,00€, por participante y por proyecto.
  • La subvención máxima a conceder en concepto de inversiones materiales o inmateriales no sobrepasará 18.000,00€, en el caso de Pymes y 55.000,00€ en el caso de organismos intermedios.
  • Para que exista proyecto en colaboración se requiere un mínimo de cinco participantes que tienen que pertenecer a la misma cadena de valor global.

Gastos subvencionables y beneficios

Colaboraciones externas (ayuda máx. 50%)
Inversiones (ayuda máx. 20%) con un límite de 18.000 euros
Gastos técnicos de personal (ayuda máx. 50%) (sólo en la línea CAT)

Tipología de proyectos

- Proyectos individuales: Actuación 1 (REA), Actuación 2 (RES), Actuación 4 (CAP), Actuación 5 (CAT) y Actuación 6 (CAC)

- Proyectos colectivos: Actuación 1 (REA), Actuación 2 (RES), Actuación 4 (CAP),  Actuación 6 (CAC) y Actuación 8 (COG).  

Otras condiciones

El plazo máximo para la realización y justificación de la subvención será de dos años a contar desde la notificación de la resolución de concesión de beneficios.

El periodo de cobertura de los gastos relativos a las actividades de los proyectos será desde la fecha de presentación de la solicitud de subvención hasta la finalización del plazo establecido en la resolución de concesión.

Quedan excluídas aquellas inversiones o gasto cuya base imponible expresada en la correspondiente factura sea inferior a 300 euros.

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2011.

No serán subvencionables las actuaciones o inversiones realizadas con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.

Esta información tiene carácter informativo, conforme a la legislación vigente.