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ADER Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja - Gobierno de La Rioja

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Economía circular y transición energética

Ayudas para la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente.

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Definición

Estado

TEC

 
 

Plazo de convocatoria abierto hasta el 30 de octubre de 2026 a las 14.00h.

Índice

  1. Beneficiarios
  2. Tipología de proyectos subvencionables
  3. Beneficios, costes mínimos, subvención máxima
  4. Limitaciones y conceptos no subvencionables
  5. Plazo de pago de los gastos subvencionables
  6. Otras condiciones generales
  7. Plazo

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    Beneficiarios

    Las empresas y autónomos, que ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda, en establecimiento operativo en La Rioja, y con alta en el Censo de Actividades Económicas en La Rioja en el momento del cierre de la convocatoria.

    Excluidas: 

    • Para todos los programas: Sociedades civiles (excepto SAT), Comunidades de Bienes, Sector de la producción agrícola primaria (agricultura y ganadería), salvo si transforman y/o comercializan al por mayor los productos agrícolas, Sector de la pesca y acuicultura, Entidades del sector público, las ESE cuando actúen para terceros.
    • Para ciertas actuaciones de eficiencia energética: para el Programa 2, empresas del sector industrial; para el Programa 3 en actuaciones sobre superficies superiores a 500 m2, las empresas del sector terciario (CNAES excluidos descritos en convocatoria).

    Tipología de proyectos subvencionables

    Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas (Programa 1)

    • Inversiones encaminadas a reducir o prevenir los daños al medioambiente causados por la actividad de la empresa (depuración, modificación de procesos, descarbonización, entre otros).
    • Inversiones en equipos y maquinaria que utilicen hidrógeno renovable.

    Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética distintas de las de los edificios (Programa 2)

    • Mejora de la eficiencia energética de los procesos y/o equipos productivos consumidores de energía
    • Implantación de sistemas de gestión energética, como equipos y elementos de medición y control de consumos energéticos.
    • Otras medidas que permitan a las empresas lograr una mayor eficiencia energética de su actividad

    Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética en edificios (Programa 3)

    • Actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes de la empresa que logren una mejora de la eficiencia energética del edificio de mínimo un 20%.

    • Actuaciones en construcción de edificios nuevos vinculados a la actividad la empresa que logren una mejora de la eficiencia energética del edificio de mínimo un 10 %, en comparación con edificios de consumo de energía casi nulo.

    Proyectos de energía procedente de fuentes renovables, de hidrógeno y de cogeneración de alta eficiencia (Programa 4)

    • Instalaciones de generación de energía para autoconsumo, incluidas las bombas de calor, procedente de fuentes renovables y el autoconsumo eléctrico colectivo.
    • Almacenamiento de electricidad y térmico para autoconsumo conectado a instalación renovable
    • Producción y almacenamiento de biocarburantes; biolíquidos; biogás, incluido el biometano, y combustibles de biomasa para autoconsumo
    • Producción de hidrógeno renovable para autoconsumo y su almacenamiento
    • Unidades de cogeneración de alta eficiencia para autoconsumo
    • Almacenamiento de electricidad y térmico para autoconsumo conectado a cogeneración de alta eficiencia de fuentes renovables

    Proyectos para la transición hacia una economía circular (Programa 5)

    • Mejora de la eficiencia en el uso de los recursos de la empresa, reduciendo recursos consumidos y/o sustituyendo materias primarias por secundarias.
    • Prevención y reducción de la generación de residuos generados por la propia empresa
    • Recogida, clasificación, descontaminación, tratamiento previo y tratamiento de otros productos, materiales o sustancias generados por la propia empresa
    • Inversiones realizadas por gestores de residuos autorizados para la recogida separada y la clasificación, la preparación para la reutilización, la descontaminación y el reciclado de residuos generados por terceros 
    • Inversiones realizadas por gestores autorizados para la recogida, la clasificación, la descontaminación, el tratamiento previo y el tratamiento de otros productos, materiales o sustancias generados por tercero

    Proyectos para la promoción de vehículos limpios y eficientes (Programa 6)

    • Inversiones en infraestructuras de recarga o repostaje que suministren electricidad o hidrógeno a vehículos de la empresa.

    Estudios medioambientales directamente vinculados a inversiones (Programa 7)

    • Auditorías energéticas en las PYME.
    • Estudios de viabilidad de proyectos potencialmente subvencionables

    Beneficios, costes mínimos, subvención máxima

    • De forma general
      • Programa 1: 22%
      • Programa 2: 17%
      • Programa 3: 17%
      • Programa 4: 30%
      • Programa 5: 45% (* considerando hipótesis de contraste)
      • Programa 6: 25%
      • Programa 7: 60%
    • Incrementos
      • + 5% si es pequeña empresa
      • +5 % si PYME y FEDER (programas 2, 3, 4 o 7 en Pymes que cumplan criterios FEDER)
      • a máximos de Orden si PIER (proyecto de interés estratégico regional).
    • Costes mínimos: 6.000€, salvo 2.000€ si sólo programa 7.
    • Subvención máxima: 300.000€, salvo 400.000€ en proyectos PIER por beneficiario.
    • Criterios FEDER:
      • Programas 2, 3, 4 o 7
      • Inversión mínima 30.000€
      • Cumplir criterios selección y priorización, apartado Tercero de convocatoria.

    Limitaciones y conceptos no subvencionables

    • Costes concertados con personas/entidades vinculadas con el beneficiario.
    • Facturas de coste elegible inferior a 300€
    • Inversiones financiadas con leasing
    • Inversiones que no se destinen al uso o se cedan a terceros
    • Inversiones explícitamente excluidas por apartado 1 punto 14 de la convocatoria (terrenos, adquisición de edificios, vehículos, etc)

    Plazo de pago de los gastos subvencionables

    30 días naturales ampliable a 60 días naturales mediante pacto de las partes, salvo otro plazo previsto en la normativa sectorial.

    Sólo serán subvencionables los gastos que hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

    Otras condiciones generales

    • Se admitirá un máximo de dos solicitudes por empresa. Cada solicitud podrá comprender uno o varios de los programas subvencionables.
    • Cerrado el plazo de presentación de solicitudes, no se podrá incrementar el presupuesto de la inversión subvencionable.
    • Se deben cumplir los requisitos establecidos en el apartado Primero, punto 27 de la convocatoria, sobre medidas de lucha contra la morosidad.
    • El beneficiario deberá solicitar al menos tres ofertas cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a 40.000 euros (IVA no incluido) en el caso de obras, o de 15.000 euros (IVA no incluido) en el caso de prestación de servicios o entrega de bienes.
    • Los beneficiarios deberán acreditar el pago de las inversiones incentivadas mediante medios verificables documentalmente, justificando que las facturas han sido pagadas en las condiciones detalladas en el artículo 17 de la Orden reguladora.

    Plazo

    • Fin de plazo de presentación de solicitudes 30 de octubre de 2026 a las 14:00 horas.
    • La solicitud de la ayuda deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada, salvo lo dispuesto para proyectos con pre-solicitud presentada.

    Esta información tiene mero carácter informativo, conforme a la legislación actualmente vigente.

    Contacto e información de interés

    Gobierno de La Rioja (símbolo gráfico)

    Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

    Muro de la Mata 13-14 26001 Logroño La Rioja · España
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