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ADER Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja - Gobierno de La Rioja

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Contenido principal

Definición

Estado

CHA

Fin de plazo de presentación:
2 de diciembre de 2022

Índice

  1. Beneficiarios
  2. Actuaciones subvencionables
  3. Beneficios
  4. Limitaciones
  5. Otras condiciones
  6. Plazo

Solicite esta ayuda

  • A través de la Sede Electrónica

Normativa

  • OrdenDescargar archivo
  • Orden. ModificaciónDescargar archivo
  • ConvocatoriaDescargar archivo
  • Extracto de convocatoriaEnlace externo en nueva ventana
  • BDNS 647346 647347 

Beneficiarios

Empresas personas físicas o jurídicas organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales. Se excluyen las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Quedan excluidas de la presente convocatoria:

  • C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor); C.N.A.E. 95. (Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico).
  • No se aplicarán las exclusiones previstas en el supuesto de que la empresa beneficiaria desempeñe estas actividades de forma residual o no principal.
  • Las empresas del sector de la producción agrícola primaria, salvo que también desarrollen actividades de transformación y/o comercialización al por mayor de los productos agrícolas obtenidos.

Actuaciones subvencionables

Serán subvencionables los gastos de consultoría y/o asistencia experta externa para la realización de los siguientes Cheques.

  • a.1. CHEQUES (PLANES ESTRATÉGICOS)
  • a.2. CHEQUES (PLANES TECNOLOGICOS)
    • a.2.1. Planes-Auditorías tecnológicas.
  • a.3. CHEQUES (FORMACIÓN DE PROFESIONALES)
  • a.4. CHEQUES (NORMAS)
  • a.5. CHEQUES (ASISTENCIAS PARA LA I+D)
    • a.5.1. Estudios de Vigilancia Tecnológica y estudios de mercado para el desarrollo de nuevos productos-servicios; Asesoramiento legal en el ámbito de la I+D+i; Asesoramiento  para la identificación, monitorización y acompañamiento de licitaciones de compra pública de innovación.  
  • a.6. CHEQUES (PATENTES).
  • a.7. CHEQUES (FINANCIACIÓN DE LA I+D+i). 
    • a.7.1. Presentación a convocatorias regionales ADER.
    • a.7.2. Presentación a convocatorias nacionales del CDTI, IDAE, u otros organismos nacionales.
  • a.8. CHEQUES (PROCESOS EFICIENTES):
    • a.8.1. Técnicas y herramientas Lean; Cuadro de Mando Integral; Análisis de ciclo de vida, Metodologías de gestión de proyectos.
    • a.8.2. Interim management de desarrollo de negocio y/o organizacional. 

Beneficios

Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 50%.

Tipología de chequesImporte máximo por gasto subvencionable por actuación
a.1 Cheques - Planes estratégicos10.000€
a.2 Cheques - Planes tecnológicos10.000€
a.3 Cheques - Formación de profesionales10.000€
a.4 Cheques - Normas5.000€
a.5 Cheques - Asistencias para la I+D+i6.000€
a.6 Cheques - Patentes6.000€
a.7 Cheques - Financiación de la I+D+i4.000€
a.8. Cheques - Procesos eficientes6.000€

Limitaciones

  • Sólo podrá subvencionarse un máximo de dos actuaciones por empresa y convocatoria, pertenezcan o no a la misma tipología de cheque, a presentar por la empresa en una o en dos solicitudes de ayuda, salvo lo previsto en convocatoria para los cheques de formación de profesionales.
  • No serán subvencionables los siguientes conceptos:
    • La prestación de servicios que constituyan el objeto social o actividad propios de la empresa que solicita la ayuda.
    • Las actividades de asesoramiento periódico o de mantenimiento.
  • No serán subvencionables los gastos o inversiones concertadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario.
  • El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 1.000 euros.
  • En la fase de pago se excluirán las facturas cuyo coste elegible subvencionable sea inferior a 300 euros, salvo para los gastos de registro de patentes o modelos de utilidad cuyo coste elegible subvencionable será igual o superior a 50 euros (IVA excluido).

Otras condiciones

  • La modalidad de participación será individual (proyectos individuales).
  • Posibilidad de solicitar la aprobación y pago en un único trámite, siempre y cuando la beneficiaria haya finalizado las actuaciones subvencionables, así lo indique, y haya solicitado el abono.
  • La beneficiaria deberá de concretar los proveedores de los trabajos o gastos a realizar en el momento de la apertura del expediente.
  • Las propuestas deberán de plantear un salto cualitativo respecto a la situación de inicio. Asimismo, la solvencia y experiencia del proveedor se acreditará por cualquier medio.
  • Los proyectos o los resultados de las acciones a subvencionar tendrán como objetivo implantarse y/o explotarse por la empresa solicitante, y esta implantación y/o explotación, deberá ubicarse en centros de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • En fase de justificación el contenido mínimo de los trabajos serán los descritos en el Anexo I de la convocatoria.
  • Los beneficiarios deberán acreditar el pago del gasto y/o las inversiones incentivadas mediante medios verificables documentalmente (tales como transferencias bancarias, cheques nominativos, pagarés, recibos domiciliados en cuenta u otros), justificando que las facturas han sido pagadas en las condiciones siguientes: Sólo será subvencionable el gasto efectivamente pagado antes de la finalización del plazo de justificación de la actuación subvencionable; Se entenderá como gasto efectivamente pagado el efectuado a través de entidad financiera mediante cargo en la cuenta bancaria del beneficiario. No se admitirá el ingreso en metálico realizado en la cuenta del proveedor.
  • Los interesados presentarán sus solicitudes y realizarán los actos sucesivos, exclusivamente, a través de la sede electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, utilizando los formularios e instancias normalizadas disponibles al efecto. Carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado anterior.

Plazo

  • El último plazo de presentación de solicitudes finalizará el 2 de diciembre de 2022, incluido. Cerrado el plazo de presentación de solicitudes, no se podrá incrementar el presupuesto de inversión subvencionable.
  • Serán subvencionables los costes realizados a partir del día 11 de diciembre de 2021.

Esta información tiene mero carácter informativo, conforme a la legislación actualmente vigente.

Contacto e información de interés

Gobierno de La Rioja (símbolo gráfico)

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

Muro de la Mata 13-14 26001 Logroño La Rioja · España
Tel.: +34 941 29 15 00 · Fax: +34 941 29 15 43
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